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La Trigésima Legislatura

Otorga acceso a una vida digna en caso de caer en discapacidad

* Tutela Autodesignada, figura legal novedosa que brinda seguridad y protección jurídica.

René Órnelas/El Sol de Nayarit

Jueves, 5 de Julio del 2012. 7:08:57 pm

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* Nayarit se suma a Baja California, Baja California Sur, Coahuila, Distrito Federal, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Estado de México, Morelos y Zacatecas


Con el propósito de establecer un marco legal sólido que dé seguridad y progreso para los nayaritas, en el Segundo Periodo Ordinario de Sesiones de la Trigésima Legislatura, la cual preside el diputado Armando García Jiménez, los representantes populares, aprobaron el decreto que reforma y adiciona diversos numerales del Código Civil y de Procedimientos Civiles, así como la Ley del Notariado, en relación a la figura de la Tutela Autodesignada, iniciativa presentada por la diputada, Agueda Galicia Jiménez.

Con esta novedosa figura, se otorga el derecho para que una persona mayor de edad y capaz pueda nombrar a su propio tutor, autogenerándose seguridad jurídica y protección en caso de que por edad avanzada, accidente o enfermedad, ya no pueda valerse por si misma.

Al ser aprobada esta resolución en materia civil, se establece un Capítulo Especial denominado de la Tutela Autodesignada; mismo en el que se indica que toda persona mayor de edad, en pleno goce de capacidad legal, tendrá la opción de designar al tutor y a los sustitutos que deberán encargarse de su persona y patrimonio, en prevención de caer en estado de incapacidad que le impida tomar decisiones.

La "Tutela Autodesignada", es una institución que organiza la protección integral del futuro discapacitado y tiene gran utilidad práctica, ya que permite solucionar el problema de discapacidad, al facultar al individuo en principio capaz, para regular con anticipación la guarda de su persona y la administración de sus bienes de acuerdo a sus propios intereses.

Así mismo, se especifica que en caso de que la persona discapacitada tenga hijos menores bajo su patria potestad, el tutor nombrado mediante Tutela Autodesignada será también tutor de estos, siempre que no exista otra persona ascendiente a quien la ley llame al ejercicio de ese derecho; con ello se brinda seguridad al otorgante y a su descendencia en este supuesto especial.

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